NACIONALES | 2 ENE 2021

EMPLEADAS DOMÉSTICAS

Con el nuevo aumento de enero así quedan los sueldos para cada escala

Comenzó enero y se empezarán a cobrar los aumentos que se dispusieron para los sueldos de diciembre. En esta nota detalles de los pagos y de las vacaciones correspondientes.




Las empleadas domésticas comenzarán a ver en su sueldo de este mes los últimos aumentos dispuestos por el Gobierno. Desde el  1° de enero comenzarán a percibir el 7% que rige para los sueldos de diciembre.

En noviembre además se activó un aumento de 6% que ya se cobró con los salarios de diciembre.

En tanto, en septiembre se aprobó la creación de un adicional salarial por "antigüedad" que del 1% por cada trabajado en relación laboral, sobre el haber mensual que se computará a partir del 1° de septiembre del año 2020, sin efecto retroactivo, y se abonará todos los meses.

 

NUEVO SALARIO MÍNIMO PARA EMPLEADAS DOMÉSTICAS: MENSUAL Y POR HORA

 

De acuerdo a la Resolución 4/2021 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, la escala salarial queda de la siguiente manera a partir de diciembre y es efectiva para cobrar con los sueldos de enero:

 

Supervisor

Hora con retiro: $ 309

Hora sin retiro: $ 338

Mensual con retiro: $ 38.541

Mensual sin retiro: $ 42.930,5

Tareas específicas

 

Hora con retiro: $ 292

Hora sin retiro: $ 320,50

Mensual con retiro: $ 35.806,5

Mensual sin retiro: $ 39.859

Caseros

 

Hora: $ 275,5

Mensual: $ 34.935

Personal de asistencia y trabajo no terapéutico

 

Hora con retiro: $ 275,5

Hora sin retiro: $ 308

Mensual con retiro: $ 34.935

Mensual sin retiro: $ 38.931,5

Tareas generales

 

Hora con retiro: $ 256

Hora sin retiro: $ 275,5

Mensual con retiro: $ 31.416,50

Mensual sin retiro: $ 34.935

 

CÓMO SON LAS VACACIONES PARA LAS EMPLEADAS DOMÉSTICAS

 

A todo personal doméstico le corresponden vacaciones pagas todos los años: para saber cuántos días les corresponden, debe tomarse en cuenta la antigüedad que la persona tenga en el empleo al 31 de diciembre del año en curso.

Según el Ministerio de Trabajo, estas son las cantidades de días de vacaciones que corresponden, al año, según la antigüedad en el empleo.

- Antigüedad de menos de seis meses

Entre cuatro y siete semanas de trabajo: corresponde un día de vacaciones al año

Entre ocho y 11 semanas de trabajo: corresponden dos días corridos de vacaciones al año

Entre 12 y 15 semanas de trabajo: corresponden tres días corridos de vacaciones al año

Entre 16 y 19 semanas de trabajo: corresponden cuatro días corridos de vacaciones al año

Más de 20 semanas de trabajo: corresponden cinco días corridos de vacaciones al año

- Antigüedad de más de seis meses hasta cinco años: corresponden 14 días corridos de vacaciones al año

- Antigüedad de más de cinco años hasta 10 años: corresponden 21 días de vacaciones al año

- Antigüedad de más de 10 años hasta 20 años: corresponden 28 días de vacaciones al año

- Antigüedad de más de 20 años: corresponden 35 días de vacaciones al año

Según la ley, las vacaciones pueden tomarse entre el 1 de noviembre y el 30 de marzo de cada año. También, pueden fraccionarse en dos o más veces, pero sólo a pedido de la empleada doméstica y las vacaciones deben ser pagadas antes de que empiecen.

 

Empleadas domésticas: cuánto deberían cobrar de salario mínimo

 

SUBSIDIO DE $ 15.000 PARA EMPLEADAS DOMÉSTICAS

 

Es importante remarcar que el Gobierno lanzó recientemente el Programa Registradas. Con el mismo se busca conseguir que se registren a la mayor cantidad de empleadas domésticas posibles - a día de hoy el 67,7% (1.038.000) trabajan en negro según datos del INDEC - mediante la entrega de subsidios de hasta $ 15.000 en los salarios.

Quienes estén interesados deberán completar la ficha de inscripción que permanecerá abierta hasta el 31 de diciembre de 2021. La misma indica que se deben cumplir los siguiente parámetros:

Las trabajadoras de casas particulares deben trabajar 12 horas semanales o más en el mismo hogar

Sus tareas deben estar enmarcadas dentro de las categorías "Personal para tareas específicas", "Caseros y caseras", "Asistencia y cuidado de personas" o "Personal para tareas generales"

La parte empleadora debe tener ingresos brutos mensuales promedio, igual o inferior a $ 175.000

Los empleadores podrán registrar solamente a una trabajadora

 

ZONA DESFAVORABLE

 

Además, hay que tener en cuenta el incremento porcentual por "zona desfavorable", equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías.

Esta suba alcanza a quienes presten tareas en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

Fuente: El Cronista