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viernes 22 de mayo de 2026 - Edición Nº2725

Política | 22 may 2026

GOLPE A LA UOM

Fallo judicial anuló la elección nacional de la UOM, desplazó a Furlán e intervino el gremio

15:38 |La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró nulos los comicios de la seccional Campana y la elección nacional de la UOM. Ordenó el cese inmediato de toda la conducción y dispuso una intervención judicial por 180 días.


La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró la nulidad de las elecciones realizadas en la seccional Campana de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOM) y también de la elección nacional que había consagrado a Abel Furlán como secretario general del gremio. Además, ordenó el cese inmediato de toda la conducción y dispuso la intervención judicial de la organización por un plazo de 180 días.

La resolución fue dictada por la Sala VIII del tribunal laboral en el expediente iniciado por la Lista Naranja de la seccional Campana, que denunció irregularidades en el proceso electoral desarrollado entre el 2 y el 4 de marzo de 2026.

En un fallo de fuerte impacto institucional, los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González concluyeron que el proceso electoral “no garantizó una elección confiable, segura ni transparente” y sostuvo que se vulneraron principios de democracia y libertad sindical protegidos por la Constitución Nacional y el Convenio 87 de la OIT.

 

Qué dice el fallo

 

El eje central de la sentencia estuvo puesto en el mecanismo de custodia de las urnas durante los tres días que duró la votación. Según el fallo, las urnas permanecían bajo control exclusivo de la Junta Electoral seccional en la sede sindical, sin escrutinios provisorios diarios y sin garantías suficientes sobre la inviolabilidad de los votos.

La Cámara remarcó que la elección debía realizarse en una sola jornada, salvo excepciones justificadas, y consideró que la extensión del proceso durante tres días exigía controles reforzados que no existieron. También cuestionó que se hubiera invitado a los fiscales opositores a “pernoctar” en la sede sindical para custodiar las urnas, algo que calificó de “inaceptable e irrazonable”.

A partir de esa conclusión, el tribunal declaró la nulidad de la elección en Campana y dejó sin efecto la designación de las autoridades seccionales y de los integrantes del Colegio Electoral que participaron luego en la elección nacional de la UOM.

Para la Cámara, la invalidez de esos delegados contaminó también la elección nacional realizada el 18 de marzo, debido a que el secretario general del gremio es elegido mediante un Colegio Electoral conformado por representantes de las seccionales.

“Si el Colegio Electoral se encontró deficientemente conformado nunca pudo haber elegido válidamente al Secretario General Nacional”, sostuvo el fallo.

 

La Justicia desplazó a Abel Furlán

 

En consecuencia, la Justicia dispuso el cese inmediato de Furlán y de toda la conducción nacional de la UOM, además de dejar sin efecto las designaciones realizadas por esas autoridades desde la asunción.

El tribunal afirmó, además, que la organización sindical quedó “acéfala”, ya que los mandatos anteriores habían vencido el 22 de marzo y las nuevas autoridades resultaron invalidadas por la sentencia.

Frente a ese escenario, la Cámara resolvió intervenir judicialmente el sindicato tanto a nivel nacional como en la seccional Campana y designó como interventor al abogado Alberto Biglieri, quien deberá convocar a nuevas elecciones dentro de los próximos 180 días.

Otro de los puntos destacados del fallo fue la referencia a la medida cautelar dictada previamente por la misma Sala, que había suspendido la elección nacional del 18 de marzo. Según los jueces, la UOM fue debidamente notificada de esa resolución y decidió igualmente avanzar con el proceso electoral.

La sentencia también remarcó que la eliminación de la intervención administrativa previa en los conflictos electorales sindicales, tras el decreto 342/2025, trasladó al Poder Judicial un rol central en el control de legalidad de los procesos internos de las organizaciones gremiales.

Fuente: Mundo Gremial

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