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Política | 22 nov 2021

LEGISLATURA

Acosta presentó un proyecto para establecer y regular los juicios por jurado

Fue durante la sexta sesión ordinaria de la Legislatura. El proyecto que ingresó como el Asunto N° 516/21 que establece y regula el Juicio por Jurados en la provincia tomó estado parlamentario y se debatirá en las Comisiones N° 1 de Legislación General, N° 2 de Presupuesto y N° 6 de Justicia y Seguridad.


El proyecto presentado por la legisladora Mónica Acosta en la última sesión ordinaria fue acompañado por el resto de sus pares del bloque FORJA, Federico Greve, Emmanuel Trentino y Daniel Rivarola. Ahora se debatirá en las Comisiones N ° 1 de Legislación General, N° 2 de Presupuesto y N° 6 de Justicia y Seguridad.

Actualmente en Argentina hay 10 provincias que aprobaron una ley que regula los juicios por jurado: Córdoba, Buenos Aires, Neuquén, San Juan, Chaco, Mendoza, Río Negro, Entre Ríos, Chubut y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se sumó en octubre de 2021.

Al respecto la legisladora Acosta consideró que el juicio por jurado “es una herramienta que viene a saldar una deuda constitucional y se encuentra vinculada sin dudas a la democratización de la justicia”.

“Este instituto jurídico es una forma de juzgar determinadas causas penales por jurados populares -ajenos al Poder Judicial- quienes definen si la persona acusada es culpable o no”, puntualizó la Parlamentaria.

La referente de FORJA explicó que “los integrantes del jurado serán seleccionados por sorteo a partir de una lista elaborada por la justicia electoral, sobre la base del padrón entre los ciudadanos respetándose la paridad de género en su composición”.

“Sin dudas este instrumento da a los vecinos y vecinas la posibilidad de participar en la justicia, de involucrarse junto a jueces profesionales en los conflictos que ocurren en el ámbito territorial local”, reflexionó Acosta.

Para finalizar la Legisladora aseguró que “esto permitirá una participación de la ciudadanía en la administración de la Justicia dando mayor imparcialidad al no recaer la decisión en una sola persona”.

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