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lunes 31 de marzo de 2025 - Edición Nº2308

Nacionales | 26 mar 2025

TRABAJADORAS DE CASAS PARTICULARES

Empleadas domésticas cobrarán lo mismo que el mes pasado

A la espera de nuevos aumentos, las trabajadoras del sector permanecerán cobrando sus sueldos en base a la escala salarial vigente. Luego de varios meses de negociación paritaria durante 2024, las empleadas de casas particulares cobrarán en abril lo mismo que el mes previo. En enero, durante la reunión Plenaria de la Comisión de Casas Particulares se había acordado un incremento retroactivo del 1,3% para diciembre y una suba del 1,2% para el salario de enero, que se cobró en febrero.


Hasta el momento no hay novedades respecto de un nuevo aumento, por lo que el próximo mes regirán los mismos salarios. Es importante mencionar que el 3 de abril es el Día de las Empleadas Domésticas. Al tratarse de una jornada no laborable, en caso de que se requiera su servicio, los empleadores deben pagar el doble por el día trabajado, tal como indica la normativa vigente en Argentina.

Esta fecha fue establecida para conmemorar la promulgación de la Ley número 26.844, conocida como Ley de Trabajo en Casas Particulares, en el año 2013. La ley estableció qué se considera trabajo en casas particulares. A saber, “toda prestación de servicios o ejecución de tareas de limpieza, de mantenimiento u otras actividades típicas del hogar, la asistencia personal y acompañamiento prestados a los miembros de la familia o a quienes convivan en el mismo domicilio con el empleador, así como el cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad”.

De todos modos, señala el tributarista Sebastián Domínguez, los aumentos en este sector vienen “muy retrasados”. Y añadió que cree que “la política del gobierno sería que empleado y empleador negocien porque no se puede mantener el mismo valor aun con baja inflación”. Cabe recordar que en enero la inflación fue del 2,2% y en febrero de 2,4%. Para marzo se espera que ronde el 2,5%, impulsada por la suba en alimentos y bebidas; siempre según las mediciones oficiales.

Vale mencionar, además, que se debe aplicar un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

De acuerdo a la reglamentación vigente, cuando el personal preste servicios en horas extra se deberá abonar un recargo del 50% calculado sobre el salario habitual si se trata de días comunes y un recargo del 100% calculado sobre el salario habitual en días sábados después de las trece horas, en días domingo y feriados.

Finalmente, en lo que respecta a la antigüedad, se deberá abonar un adicional del 1% por año en los salarios mensuales del trabajador, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate. El concepto estará incluido en los recibos como un nuevo ítem para facilitar su identificación.

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