Política | 29 sep 2024
FERIADO
Este lunes se festeja el Día del Empleado de Comercio
Este lunes, por el Día del Empleado de Comercio, no abrirán supermercados, comercios y locales, de acuerdo a lo acordado entre la Faecys (Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios) y las cámaras empresarias del sector. Desde el Centro de Empleados de Comercio se refirieron a la importancia de la fecha.
Este lunes se festeja el Día del Empleado de Comercio con una jornada de asueto en comercios, supermercados y locales. Es porque esta jornada es equiparable a un feriado para todos los trabajadores de este sector. Aunque oficialmente el Día del Empleado de Comercio se celebra el 26 de septiembre, pero el corrimiento de la fecha se hace de acuerdo a lo definido por el gremio y las cámaras empresarias del sector, que tienen la potestad de trasladar la celebración a otro día para garantizar un fin de semana largo. Por eso, en esta oportunidad, la jornada se pasó para este lunes 30.
La jornada quedó establecida a través de la ley 26.541, sancionada el 10 diciembre de 2009, en cuyo artículo segundo está escrito que “en dicho día los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales”. Al igualarse con este tipo de fechas, significa que aquellos dueños de comercios que convoquen a sus trabajadores durante la jornada de asueto deberán pagarles el doble, como determina la Ley de Contrato de Trabajo.
Asimismo, desde Faecys (Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios) indicaron que se establece que “el lunes en que se conmemorará el Día del Empleado de Comercio no se podrá otorgar como franco compensatorio de descanso semanal”.
Originalmente, la efeméride dispuesta remite al día de 1934 en el que se establecieron las relaciones de trabajo del sector con la sanción de la ley N°11.729, durante la presidencia de Agustín Pedro Justo. Esta legislación, posible gracias a la presión de la por entonces llamada Federación Argentina de Empleados de Comercios, instauró, entre otros derechos laborales, la indemnización por despido y la licencia frente a enfermedades y accidentes entre los trabajadores mercantiles.
El convenio colectivo de la Faecys delimita quiénes están sujetos a esta categoría: “Todos los trabajadores que desempeñen como empleados u obreros en cualquiera de las ramas del comercio o en actividades civiles con fines de lucro o como administrativos en explotaciones industriales en general, o que tengan boca de expendio de los productos que elaboran, y en las agropecuarias”. Además de la mayoría de los comercios, las grandes cadenas de supermercados y los centros comerciales tampoco abren sus puertas durante el Día del Empleado de Comercio.
Desde el Centro de Empleados de Comercio de Río Grande y Tolhuin, emitieron un comunicado donde señalan que “para la fecha es bueno aprovechar para reflexionar sobre nuestra historia y sus innumerables enseñanzas. Es mejor saber de dónde venimos para vislumbrar más claramente hacia dónde vamos”.
Luego se expresa que “El 26 de septiembre es un símbolo de esas luchas y por eso lo recordamos y conmemoramos año tras año. Así quedó instituido en el Convenio Colectivo de Trabajo 130 de 1975 en su artículo 76. Pero la fecha tiene su origen en la sanción de la ley 11.729 que se produjo el día 26 de septiembre de 1934 modificando los artículos 154 del 160 del Código de Comercio y estableciendo entre otras cuestiones el régimen de indemnizaciones por despido, las vacaciones anuales pagas, el aguinaldo e introduce la regulación por accidentes de trabajo y la licencia a empleadas y obreras en estado de gravidez”.
También se indica que “El proyecto fue presentado por el diputado socialista Enrique Dickman y sin dudas constituye la síntesis de las conquistas más caras para los trabajadores mercantiles, y en su tiempo puso fin a interminables periodos de abusos y arbitrariedades laborales. El espíritu de los mártires de Chicago, de las compañeras textiles quemadas vivas en una fábrica de Nueva York y de todos los que luchaban por el acortamiento de las jornadas de trabajo impregnó la victoria parlamentaria del pueblo al obtenerse la sanción de la ley 11.729 que pasó a ser el basamento de toda la legislación laboral argentina, ya que no sólo regiría para los empleados de comercio sino para beneficio de todo el movimiento obrero”.