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viernes 22 de noviembre de 2024 - Edición Nº2179

Política | 16 dic 2021

IX SESIÓN ORDINARIA

El Concejo Deliberante aprobó la emergencia habitacional

Este miércoles los concejales de Río Grande llevaron adelante la IX Sesión Ordinaria. Entre los proyectos sancionados, los concejales aprobaron declarar la emergencia habitacional por el término de dos años, impulsada por la concejala Miriam “Laly” Mora del bloque Forja.


Este miércoles los concejales llevaron adelante la IX Sesión Ordinaria en la cual pusieron a consideración una variada cantidad de proyectos impulsados desde los distintos Bloques que integran el Cuerpo de concejales como así también por el Departamento Ejecutivo Municipal.

A solicitud de la concejala Mora, los ediles aprobaron el dictamen N°83/21, acompañado por el bloque Forja, por el cual se declara la emergencia habitacional por dos años en la ciudad de Río Grande con el objeto de consensuar, obtener y aplicar soluciones eficaces, oportunas y progresivas frente a la crisis declarada, que concilien los parámetros del derecho a la vida, la dignidad, el desarrollo humano, el acceso a la vivienda, la tutela de situaciones en estado de vulnerabilidad.

Asimismo se deberá priorizar la promoción y ejecución de programas, acciones e inversiones en sus distintas modalidades con instituciones públicas y privadas de los diversos grupos sociales en materia de adquisición de tierras para viviendas de uso residencia permanente, ampliación de módulos habitacionales, construcción de viviendas con destino residencial, infraestructura socio comunitaria, entre otros.

También a proposición de la concejal Mora, sancionaron el dictamen 97/21 por el cual se aprueba el Conjunto Inmobiliario modificando las disposiciones generales del Plan de Desarrollo Territorial, Ordenanza Municipal 2863/2011, el cual dirá que todo “parcelamiento es toda aquella determinación, modificación y/o verificación del estado parcelario de los inmuebles, representado en un Plano de Mensura registrado en la Dirección Provincial de Catastro. El parcelamiento puede instrumentarse de las siguientes maneras: Deslinde; Posesión Prescriptiva;

Fraccionamiento; Unificación; Redistribución Predial; Reconocimiento de Accesión; Afectación; Desafectación; Rectificación; Subdivisión en Propiedad Horizontal y Propiedad Horizontal Especial o Conjunto Inmobiliario”.

Además se establece el plazo de 120 días para que el Ejecutivo Municipal en acuerdo con el Consejo Profesional de Agrimensura y el Colegio de Arquitectos de la provincia reglamente la aplicación de la figura del Conjunto Inmobiliario de conformidad con la normativa vigente aplicable. La aplicación de la figura del Conjunto Inmobiliario deberá ser solicitada por un profesional matriculado en el Consejo Profesional de Agrimensura y el Colegio de Arquitectos de la provincia.

 

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